La juez Alaya ‘burló’ la Constitución y dos leyes para preimputar a Chaves y Griñán

La juez Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, obvió el artículo 71 de la Constitución Española, el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 196 y 750 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para preimputar a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el caso de los ERE falsos.

“En las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”, manifiesta el artículo 71 de la Carta Magna; en ningún caso lo será ni el Congreso de los Diputados, ni el Senado, ni siquiera para anunciar que el diputado Chaves y el senador Griñán estén preimputados. “La preimputación es una figura jurídica desconocida y una actuación sin precedentes ni en España ni en otro país de la Unión Europea”, según fuentes de un Alto Tribunal consultadas por El Confidencial.

Aquí el resto de la información.

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